ACTO ADMINISTRATIVO Vs ACTO DE SIMPLE ADMINISTRACIÒN
Para entender la diferencia entre un acto administrativo
y un acto de simple administración, se debe primero hacer referencia a lo que
es la administración pública ya que ambos procesos surgen de la misma fuente.
La administración pública es la encargada de gestionar los recursos del Estado
así como las empresas e instituciones que le pertenecen, posibilitando la
comunicación entre el ciudadano y las distintas entidades, no solo las que
pertenecen a la esfera burocrática, sino también a aquellas que desempeñan un
rol determinante en la sociedad, como la policía, salud pública, protección
civil entre otras.
El Código Orgánico Administrativo COA, en el
artículo 98,define el acto administrativo como : “ (..) la declaración
unilateral de voluntad, efectuada en ejercicio de la función administrativa que
produce efectos jurídicos individuales o generales, siempre que se agote con su
cumplimiento y de forma directa. Se expedirá por cualquier medio documental,
físico o digital y quedará constancia en el expediente administrativo.” Es
decir, el acto administrativo es la manifestación de la intención que sobre un
determinado asunto da la administración pública y que finaliza con el
cumplimiento de esta voluntad, como, por ejemplo, adjudicar una licitación a
una empresa para la construcción de carreteras.
Con los respecto a los actos de simple
administración el COA establece en su artículo 120 lo siguiente : “ Acto de
simple administración es toda declaración unilateral de voluntad, interna o
entre órganos de la administración, efectuada en ejercicio de la función
administrativa que produce efectos jurídicos individuales y de forma
indirecta”. Se puede inferir que un acto
simple administrativo es aquel que se da de forma interna entre distintos
órganos de la administración publica con el objeto de dictar un acto
administrativo final, como por ejemplo informes o dictámenes vinculantes
a procesos o empresas.
LEX DISCIPULUS.
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