ACTO ADMINISTRATIVO Vs ACTO DE SIMPLE ADMINISTRACIÒN

 


Para entender la diferencia entre un acto administrativo y un acto de simple administración, se debe primero hacer referencia a lo que es la administración pública ya que ambos procesos surgen de la misma fuente. La administración pública es la encargada de gestionar los recursos del Estado así como las empresas e instituciones que le pertenecen, posibilitando la comunicación entre el ciudadano y las distintas entidades, no solo las que pertenecen a la esfera burocrática, sino también a aquellas que desempeñan un rol determinante en la sociedad, como la policía, salud pública, protección civil  entre otras.

El Código Orgánico Administrativo COA, en el artículo 98,define el acto administrativo como : “ (..) la declaración unilateral de voluntad, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales o generales, siempre que se agote con su cumplimiento y de forma directa. Se expedirá por cualquier medio documental, físico o digital y quedará constancia en el expediente administrativo.” Es decir, el acto administrativo es la manifestación de la intención que sobre un determinado asunto da la administración pública y que finaliza con el cumplimiento de esta voluntad, como, por ejemplo, adjudicar una licitación a una empresa para la construcción de carreteras.

Con los respecto a los actos de simple administración el COA establece en su artículo 120 lo siguiente : “ Acto de simple administración es toda declaración unilateral de voluntad, interna o entre órganos de la administración, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales y de forma indirecta”.  Se puede inferir que un acto simple administrativo es aquel que se da de forma interna entre distintos órganos de la administración publica con el objeto de dictar un acto administrativo final, como por ejemplo informes o dictámenes  vinculantes  a procesos o empresas.


LEX DISCIPULUS.


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