EL NEOCONSTITUCIONALISMO EN EL ECUADOR

 

     

El neoconstitucionalismo, consiste en una teoría del derecho en el cual el Estado es regulado principalmente por una Constitución garantista, que posee un amplio catálogo de derechos fundamentales mediante los cuales se regulan las relaciones entre el Estado y sus ciudadanos, estas garantías son máximas de aplicación inmediata. (Mullo, 2018)
A partir del 2008 el Ecuador da un giro en la estructura del Estado, añadiendo a los tres poderes ya existentes dos poderes más, así el Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral, lo que implica además de un cambio constitucional una evolución institucional y cultural, Así el Ecuador pasa de ser un Estado de derecho a un Estado de derechos.
Neoconstitucionalismo Ecuatoriano (pues el modelo es único en América Latina), que según el preámbulo de la Constitución con la estructura del Estado, pretende una forma de convivencia ciudadana para alcanzar el buen vivir, cuya sociedad debe respetar la dignidad de las personas, comprometerse con la integración latinoamericana y ser solidaria con todos los pueblos de la tierra, para lo cual la estructura constitucional del estado pasó por una metamorfosis: del estado social de derecho al Estado constitucional de derechos y justicia. (Mullo, 2018)
Hasta entonces la Constitución del 98 anteponía la legalidad a la constitucionalidad sin embargo la nueva Carta Magna aplica la Constitución como norma suprema y así lo refleja en su Art. 1. - El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático,soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada. (Asamblea Nacional Constituyente, 2008)
Tanto el Ecuador como los hermanos paìses de la comunidad Andina, guardan en sus Constituciones la esencia de Bolívar y aunque hay distancia en el tiempo desde que se plantara la semilla de la independencia en nuestra América, hoy esa fuerza y ese ideal resurge con una nueva dimensión del derecho ,como es el Derecho Constitucional Comparado.
Debemos dar el paso para la construcción de un Estado de derechos y justicia ya que una sociedad que no garantiza esos derechos está condenada al ostracismo. La nueva Constitución garantiza el uso pleno de derechos y da a los ciudadanos las herramientas necesarias para enjuiciar a las autoridades si fuese el caso contando con todas las garantías del Estado de derecho, esto supone un paso de gigantes hacia una sociedad más justa ,equitativa y plena en derechos y obligaciones.
Los principios recogidos en la nueva Constitución forman un compendio de mandatos que no pueden ser rígidos o seleccionados por orden de importancia, sino que deben ser diseccionados a la luz de las distintas circunstancias políticas ,sociales y culturales que vive nuestro país.
Entender la riqueza y diversidad cultural del pueblo ecuatoriano adaptando su Carta Magna a los nuevos tiempos y las nuevas realidades políticas y sociales es uno de los grandes retos a los que se enfrenta esta norma.
La Constitución del 2008 hace grandes avances en el polémico tema de la ciudadanía universal y enfoca soluciones a los derechos de los ecuatorianos fuera y dentro de nuestras fronteras, así como de los extranjeros que residen en el territorio nacional, pero para lograr estos derechos el Estado Ecuatoriano debe ejecutar reformas dentro del país.
El Sumak Kawsay está plenamente representado en la constitución del 2008 comparativamente con la anterior. La comunión con la naturaleza ,el respeto a nuestro entorno, la protección y cuidado de los recursos, viene dado por la cosmovisión de los pueblos andinos y se proyecta claramente en el ordenamiento jurídico, haciendo notable la importancia del patrimonio cultural tangible e intangible e incluyendo la pluralidad jurídica al reconocer la legitimidad de la justicia indígena.
El Ecuador se presenta como un país democrático de derechos y de justicia social, en este punto y en el nuevo ordenamiento jurídico concede derechos a la naturaleza y expone la obligación de consulta popular antes del empleo de los recursos naturales.
Todos los ciudadanos tanto de manera individual como de manera colectiva pueden reclamar derechos colectivos, sin que por ello se vea afectado su resolución.
Es importante señalar que es el Estado el encargado de garantizar por medio del ordenamiento jurídico y la Constitución, que estas condiciones se den y así llegar al llamado "Buen vivir".
Con este planteamiento se busca que todas las personas que integran la sociedad tengan una vida digna en el amplio sentido de la palabra, con acceso a derechos fundamentales como son la educación ,la salud o el trabajo entre otros, teniendo en cuenta que los mismos están recogidos en la Carta Política del país
Las nuevas formas de participación ciudadana y de democracia directa presentan uno de los grandes retos que tendrán que salvar la nueva Constitución.
Otro punto de reflexión es el referente al nuevo modelo de desarrollo económico al que se hace referencia en la Constitución de Monte Cristi, donde la misma toma injerencia en temas tan necesarios como la intervención del Estado en la economía, la política fiscal ,el trabajo o la soberanía económica y alimentaria del pueblo ecuatoriano.
Son necesarias estas reformas en el cumplimiento de la ley, la educación ciudadana en la obligación del pago de los impuestos y las obligaciones fiscales es algo primordial ya que estas son el motor económico para el desarrollo del país, con todo esto se busca un sistema económico mixto donde el Estado tenga un cierto margen de intervención, pero también se dé vía libre a la empresa privada que en definitiva es la que genera puestos de trabajo.
Es positivo el hecho de que en este nuevo orden jurídico a nivel nacional una de las propuestas recogidas sea la elección de los jueces por méritos a través de oposiciones, aunque hay quien advierte también de sus peligros.
La reflexión parte desde el punto en que el Estado garantiza el acceso a la justicia a todas las personas independientemente de su estatus económico y eso puede acentuar la brecha socioeconómica de la población, pues tanto la persona que carece de recursos como la que gozade una posición desahogada estarían en igualdad de condiciones al momento de afrontar las costas de un proceso judicial.
La autonomía del poder judicial es imperante para la salud política de un país y si no es menos cierto que hay Estados que designan una parte de su presupuesto a su financiamiento , esto no debería primar sobre lo realmente importante, su autonomía para poder realizar su labor con total equidad y transparencia, sin olvidar su entrega a la defensoría pública como ente regulador de bienestar y justicia social.
En conclusión, se puede apreciar que la Constitución de Monte Cristi no es una Constitución clásica, sino que se adapta a los tiempos e incorpora nuevas instituciones que pasan a formar parte del organigrama del Estado.
Al comparar la Constitución actual con la anterior y con las de los países de la región andina como: Bolivia, Colombia, Perú y Venezuela se puede observar las similitudes, los avances y en otros casos el retroceso de la norma con respecto a las demás, pero sin duda la Carta Magna del Ecuador se ha convertido en un referente en la región del Estado de derechos.
Cuidaros.
Helen.

Referencias
Asamblea Nacional Constituyente. (2008). Asamblea Nacional Constituyente.
Mullo, A. A. (19 de febrero de 2018). DerechoEcuador.com. Obtenido de https://www.derechoecuador.com/el-neoconstitucionalismo-en-el-proceso-penal
 Imagen recuperada de:   https://www.cubaencuentro.com/cuba/articulos/el-neoconstitucionalismo-y-la-vieja-dictadura-de-siempre-iv-333675
                                          

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